Prodigioso Milagro de milagros, de la Madre de Dios del Carmen, en un devoto Cofadre suyo, que llevaba su Santo Escapulario.

Place: Unknown
Year: 1657
Event: Milagro, Miracle

Transcription:

PRODIGIOSO MILAGRO 18 DE MILAGROS, DE LA MADRE DE Dios del Carmen,en yn deuoto Cofadre fuyo, que lleuaua fu fanto Escapulario.

Aueriguado, y calificado en la forma que pide el santo Concilio de Trento, por el muy Ilustre,y Reucrendis. señor el feñor D.Fr.Francisco Gaualdan Obispo de Segorue, no solo con su autoridad ordinaria, fino con la de Delegado de la Sede Apostolica en visita general.

Año 1657.

Con licencia en Madrid. Por Domingo Garciày Morta.

Nos DOŃ Fray Francisco Gaualdad, por la gracia de Dios,y de la Santa Sede Apoftolica, Obispo d Segorue , del Consejo de fu Magestad, y otro Iuez Apoftolico delegado por la misma fanta Sede para el conocimiento,y declaracion de la prefente causa,por quanto la auemos consultado refernado in actu visitationis generalis desta nuestra Diocefi,&c. Auiendo vifto, reuifto, y examinado atentamente las deposiciones contestadas de los testigos defta causa, y la calificacion de su limpieça, calidad, y buena opinion, juntamente con la relacion jurada del Medico,y Cirujano,quorum interst, y la resolucion,y aprobacion de los Teologos,y Canonistas, que para su declaracion ante Nos se han convocado con todo lo demas que segun derecho fe deue atender y examinar, Chrifti nomine, eiusque fanctissima Genitricis inuocato.


I Fallamos en primer lugar,quc deuemos declarar, y declaramos que el no auer muerto de repente, y sin confession sacramental layme Calpe vezino, y Jurado de la villa de Castielmontant, Condado de Villanueua, y feligresia desta nuestra Diocesi, con la fatal herida del rayo que cayó sobre el en veinte y vno de Otubre del año proximo passado de mil sciscientos cincuenta y seis, comprehcndiendole,magullandole,y traspaffandole todo el cuerpo de cabeça a pies,con tanta fuerça,y rigor,que despues de anerle herido, hizo junto à èl vnas profundas hoyas en el suelo, por las quales fe fumiò dividido en diferentes chispas en las entrañas de la tierra, fue milagroso prodigio obrado por la intercession de nuestra Madre, y Señora la Virgen del Carmen, a quien este singular deuoto Suyo estava en aquella ocasion ansiosamente inuocando; tanco mayor fin duda alguna, quanto assi la horrcnda herida, y espantosa circuicision del fuego,como la espefa nuue del humo fulfureo, en que fin sentido, ni mouimiento alguno(hallòfe buelto en si, en el mismo lugar, y postura que lo eftaua antes) eftuuo embuelto por muy largo espacio, que por las vozes continuadas que se oyero despues, se colige fue por lo menos medio quarto de hora,era cada vno dellos de por fi baftantes para dexarle fin vida, y ahogado, aviendo efpecialmente sido el mal olor tan vehemente, que aun despues de auerfe apartado el herido más de mil paffos del puesto, y de auerse espaciosamente oreado en el camino con el viento y lluuia de la tempestad que corria entonces, le traìa todavia tan empapado, y incorporado en su cuerpo, que apenas auia quiēfe atreuiesse a llegar a èl ciendo el aderle referuádo con la vida, y dado lugar párá recibir los fantos Sacramentos, y disponer las cosas de su alma, y de su hazienda.


Finalmente dezimos, que aunque alguna de las cosas referldas, y otras que o consta del proceffo, o fuera del, se han averiguado como ciertas y notorias,miradas cada vna de por fi sin circustacia alguna y sin la marauillota vnion, y coadjuaciou que tienen con fu dilpolicion, y concurrencia ,puedan parecer casos fortuitos, ò efetos de casas naturales: pero confideradas con el maravilloso orden y modo con que ha sucedido,y atendida la singular atención con que en esta ocasion ha assistido la Virgen Santissima del Carm3 a eite deuoto fuyo desde que el rayo le hirio hasta que dio fu alma a Dios, las declaramos todas en la forma que abaxo se dirá por milagrofas, esto es,o por partes del milagro principal,ò por efectos miraculofos de la providencia divina hechos por la especial intercessio de tan fanta , y soberana Señora. Por lo qual, para que fin rezelo, ni dada puedan tenerfe, y reuerenciarse por tales, y publicarse por miraculosas en la publicacion del principal milagro,dezimos, y pronunciamos ser parte miraculola de dicho milagro principal, y efecto marauilloso de la intercession de la Virgen,que el dia en que el rayo auia de caer, y herir a su deuoto en tal retiro,y distacia del lugar, que nopodia tener confesion, ni remedio humano, se aparecielle al Retor del lugar luego por la mañana vna ceruatilla, Ò conçuelo paciendo quietamenre en la huerta junto a las paredes de la villa , en cuyos cötornos, ni aun en todo el termino se ha visto jamas femejante monteria;y ocasionado a que fin ser caçador, y fin tener rastro de dicha cicrua,por auerfe desaparecido de improuifo,fuelle con otros cruzando cerros, y valles por mas de cinco horas en seguimiento suyo, hasta que emparejando ( aunque de lexos) con la heredad que layme Caloc eftava batuechado, le impidio yna grande, y fubitanea tempeftad de vientos,truenos, y agua el paffar adelante, obligandole a recogerse en la teñada referida, donde fino estuviera, no pudiera el herido del rayo tener remcdio para lu cuerpo, ni para su alma por medio de hombre alguno , tan retirado està aquel lugar silvestre, y montuolo de todo remedio humano.


6 De la misma fuerte declaramos, no solamente por parte del mismo milagro,sino por milagro diferete, y nueuo de la misma intercesió de la Virgen, el aversele restituido al herido la vifta, en la misma noche que le lleuaron clego a su cáfa, auiendole dexado el rayo tan foflamados los parpados, ylas tunicas de los ojos tan denegridas, turbadas, y como arrugadas , que ninguna medicina natural podia causar tan fubitaneamente semejante efeto no auiendole interpuesto la intercefsion desta soberana Señora, que por merced -fingular tiene el manejo de la Prouidēcia divina para hazer semejantes milagros; y especialmente este para consuelo deste su gran deuoto, que solia tener feruorofos actos de caridad, penitencia, y devocion con solo mirar vna Imagen santa suya que tenia en su casa, con la nueva vista, de la qual se dispuso para moric muy santamente.

7 Tambien declaramos áfsimismo ser parte del mismo milagro principal,la singular afseuerancia con q dentro de los vltimos seis dias de su vida estuuo fiệpre diziendo el herido, quando parecia que eftaua del todo espirando (como lo estuvo por vezes antes del dia en que murio) que no auia de morir hasta el Sabado siguiēnte,dia dedicado a su santissima Madre, y Señora la Virgen del Carmen.Porque pareciendole que los que le feruian,y assiitian se deuia cansar porque con los continuos deliquios no acabaua de dar el vltimo suspiro,les dezia quando estaua en ellos: Tengan paciēcia por amor de Dios de aqui a que paffe el Viernes, que no muero aora,ni he de morir hafta que entre el Sabado, dia de mi Madre y Señora la Virgen del Carmen. Palabras que estando tan en si, y tan bien dispuesto para morir,y tan lexos de fingir milagros, deuen de juzgarle por efetos de superiores impulsos causados milagrosamente por la Intercession de la Virgen del Carmen,que con su milagrosa assitencia estuuo difponiendo a este deuoto tuyo, hasta lleuarle el Sabado siguiente antes de amanecer , quando parecia que estaua mas lexos de morirse que los dias de antes, lo qual fue quinze dias justamente despues que le hirio el rayo.


8 Por todo lo qual dezimos, y declaramos que todas las cosas referidas, en la forma que arriba queda dicho,y declarado,son partes del milagro principal,ò especial milagro, hechos todos por la intercession de nuestra Señora del Carmen por medio de su fanto Escapulario,y como tales las declaramos,y decretamos,ordenando åtodos los Parrocos, Predicadores , y feligreses de nuestro Obispado que respectiuamente las prediquen publiquen,y con suma veneracion las tengan por tales, encargandoles en nueftro Señor Iefu Chrifto tengan cordial deuocion con esta fanta Señora, y cuiden vestir en honra suya su fanto Escapulario. Assi lo dezimos, difinimos sentenciamos,decretamos,declaramos,y pronunciamos proel,afsi por su intolerable hedor, como por su horrenda, y espantosa figura.

2 En consequencia de lo qual declaramos, que fue manifielto Indicio, y milagrofo teftimonio del sobredicho milagro, y de auerSe hecho por el fauor lingular de nueftra Señora del Carmē el auerse referuado del fuego en dicha ocasion la parte anterior de su fanto Escapulario pendiente del cuello con vnas cintas blancas, y apegada a raiz de las carnes del coraçon,y del pecho del herido , quedando maravillosamente ilefa sin mal olor, ni chamusco, auieado dexado el rayo a dicho herido en carnes vivas, y abrasadole y consumidole todos los vestidos que traia puestos, assi debaxo, como encima del Escapulario, gran parte de los quales se acabaua de poner entonces para la defensa de la lluuia, arrimandose a vna encina para eftar mas defendido, esto es,capa, capote, almilla , calçones, calcetas,camifa,fombrero, y alpargates, sin que de todos ellos quedasse raftro alguno, mas que vnos pequeños andrajos de cantidad de vn geme,medio enrunados,y enterrados en las hoyas arriba referidas y otros dos pedaços de la almilla de menor tamaño, no fin marauilla sustentados sobre entrambos ombros consolas las trenças blancas del Escapulario, hasta que la piedad le cubrió con o ra ropa, en otro puefto muy distante, porque efta milagrosa referuacion del fuego, y del hedor y chamusca del rayo que se ve en el “fanto Escapulario, no pudo naturalmente suceder, andando el fuego boraz consumiendo,y inficionando los vestidos que estauan encima, y debaxó del,como lo indica el auer quedado las dichas trēças sobre los pedaços del almilla,y tan empapado el mal olor en las carnes.


Dezimos tambien, y declaramos, que quedando el herido tan mal tratado y magullado del rayo, tan oprimido del susto repentino del golpe,y de la llama’, y tan mal afecto de la infeccion del humo, fue nueuo milagro de la misma Virgen, que entre tantos ahogos,desmayos y opression de espiritus tuvieffe a sangre fria alientos para inuocara gritos a la Virgen del Carmen, y para pedir confession por largo espacio,con voz tan alentada,tan esforçada, y entera,como fi totalmente estuuiera fano:y milagro que aunque se entienda que hablaua de burlas, para que se mojafen los que fuesen a focorrerle, se percibiffen siempre clara, y distintamente sus vozes y. palabras a diftancia de medio quarto de legua, estando todo
aquel ambiente intermedio notablemente engrossado, y espeso co la humedad de las nieblas y los valles,y cerros confulos ,y alborotados con el tempoftuolo ruido de los continuos truenos, y de la continua lluvia que estaua entonces cayendo, a que se añadia el ruido del viento que corria en los altos.

4 Assimismo de zumos, y declaramos ser nuevo y singular milagro de la misma Virgen del Carmen obrado por medio de su Santo Escapulario, que auiendo quedado este deuoto suyo, no solo en la forma arriba referida , fi no totalmente ciego, con las espaldas derde la nuca a los lomos por muchas partes surcadas, y abiertas,el espinaço traspasado y cruxido, la planta del pie derecho de arriba a baxo fajada, y abierta, con el dedo meñique menos, heridas todas del fuego, y de dolor no menos sensible,q deconocido impedimeto, no folo para andar largo trecho, mas ni aü para poder mouerse, anduuieffe fin embargo de todo el dicho herido en busca de Confeffor, medio quarto de legua de tierra mõtnola; y fragola, llena de barrancos, cuestas, piedras movediças, y maleça, espera de aliagas romeros,breços: matas colcojas,cardos,zarças,y otros a: bustos efpinofos, fin laftimarse, ni recibir daño alguno en sus carnes, q enternecidas con el rigor del fuego, qualquiera tacto insolito era baftante para maltratarlas, y ensangrentarlas ; caminando siempre fin aber camino, ni senda,ni mas compañia, ni guia exterior que la del fanto Escapolario; tan erguido , y leuantado el cuerpo, tan a passo tendido, y apreffurado,y tan derecha, y seguidamente a yn corral, o teñada , donde pudo entender que su Parroco, o otros se auian recogido para guarecerse del agua; como si estuuiera fano del todo, y de ninguna manera ciego, coxo,y agoniado,y tan desmayado, y tan frio, que desde el punto que oyendo acercarse a la teñada fus vozes falieron a focorrerle, no pudo tenerse yà en pie ni caido, medio desmayado en el suelo, levantarse, ni ann ayudado dar vn paffo adelante,fino que fue fuerça llevarle ya en braços, porque: cada momento se les estaua muriendo entre ellos,fin poder ni aun facar libremente la voz, assi antes, como despues de la confeffion facramental que hizo con fa Parroco, para la qual,por merced fingular de la misma Virgen, la tuvo muy entera, expedita, y esforçada , confessandose como fiel deuoto suyo, con mucha quietud , dolor, juizio, y recuerdo, assi entonces,como en los quinze dias que sobreviuio,repitiendola otras muchas vezes Y dando a todos singular exemplo de tu mucha virtud, y de la gran devocion que toda la sida tuvo con esta fanta Señora del Carmen,y de los tiernos afectos con que hasta morir le estuvo agradeciendo.

Tribunali fedendo de plenitudine totias noftræ poteftatis,tam ordi nariæ,quàm in actu Visitationis ab Apoftolica Sede delegatæ. En teftimonio de lo qual dimos estos nuestros escritos Camerales, firmados de nuestro nombre, sellados con el sello manual de nueftro oficio,y refrendados de nuestro Secretario, en este nuestro Palacio Episcopal de Segorue,en quatro dias del mes de lulio del presente año de mil y seiscientos y cincuenta y siete. Mandando que en testimonio de la verdad fe guarde,y reconda este proceso de Camara en el Archiuo de nuestra Curia Eclesiástica para perpetua memoria deste milagro de milagros.


Fr.Francisco Obispo.
Por mandado del Obispo mi señor.
El Prior Iofepb Paftor Ser.


IHS. Ego Iofephus Paftor Prior Sancti Saluatoris, Secretarius ciufdem D.D.mei Episc.Segobric. & Not.Apoftolicus, fidem facio, cui cam intra,quàm extra quæcumque Tribunalia integra fides ad. hibenda eft,hoctranfumptum esse fideliter extractum ex quodam proceffu Camerali manu propria eiufdem Dnimei Episc, ob graui. tatem materiæ exarato , & in archiuo huius Curiæ recondito. In quorum teftimonium hicpono mcum quo vtor signum.


D.Riz Offic.pro Vic.gal. M. Roig.P.A.


Atento las certificaciones del señor Obispo de Segorbe , y Justicia de aquella Diocesis, por lo que à Nos toca, damos licencia para que se pueda dar a la Imprenta la relacion del caso sucedido. Dada en Madrid à treze de Agosto de mil y seiscientos y cincuenta y ficte años.


Doctor Pedro Fernandez de Parga y Gayoso.
Por su mandado, Iwan Baptista Saiz Brane,
Por el Padre Catalan del Carmen.

See the original digitized document here.

Available translation in English and French.